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abril  27, 2024

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Un derecho administrativo sancionador atrofiado, ante la expansión del derecho penal en el caso de la provincia de Entre Ríos

Por Jesús Penayo Amaya


“…Debemos buscar fortalecer al derecho administrativo sancionador, en especial para limitar razonablemente a la punibilidad estatal. Específicamente en la provincia de Entre Ríos -como en la mayoría de los municipios del país- la competencia en materia de regulación del tránsito y el juzgamiento de las infracciones es una materia propia. Abstraer esta competencia cuando no se afectan bienes jurídicos en concreto, en función del principio de lesividad y en consideración del federalismo dual en que estamos inmersos, nos permitiría concluir la inconstitucionalidad de normas de este estilo. Pensar teóricamente los pasos a seguir eventualmente ante una sanción de un delito como el analizado, nos pone frente a los caminos que se deberían adoptar, ¿están legitimados los municipios para pedir la inconstitucionalidad de un artículo del código penal?, ¿Cómo afecta el sistema difuso de control en casos como el planteado?, ¿Quiénes representan en el Congreso a los municipios, al considerarlos como autónomos, los Senadores, los Diputados o nadie? Estas preguntas merecen ser formuladas, colocadas en la agenda pública, ante un derecho administrativo que cede constantemente frente al derecho penal.”

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Términos mencionados en esta doctrina: derecho, administrativo, municipios, sancionador, provincia, competencia.

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